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Legislación

Nuevo modelo para la atención temprana en Andalucía: directrices y desafíos

martes, 10 de febrero de 2009

La Ley 1/1999 de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía introduce, en materia de Atención Temprana, importantes novedades. El cambio fundamental afecta a la Consejería de Salud que ha de asumir la mayor parte de las competencias económicas, administrativas y organizativas relacionadas con esta materia. En este artículo se presenta un primer esbozo del nuevo proceso puesto en marcha, las estrategias organizativas que se han tomado y las repercusiones que están teniendo sobre la población afectada. Se esbozan directrices de acción y competencias asignadas a cada una de las Consejerías (Salud, Igualdad y Bienestar Social, y Educación) que participa en el proyecto. Ver +

Ley 39/2006. Ley de dependencia

Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Real Decreto 504/2007. Baremo de valoración de la situación de dependencia

REAL DECRETO 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía

lunes, 10 de diciembre de 2007

Su artículo 114 está dedicado a la "Detección y atención temprana". Textualmente dice que La Administración de la Junta de Andalucía establecerá el conjunto de actuaciones dirigidas a la población infantil de cero a seis años, a sus familias y al entorno con la finalidad de prevenir, detectar e intervenir de forma precoz sobre cualquier trastorno en su desarrollo, o riesgo de padecerlo. Ver +

LEY 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía

miércoles, 31 de marzo de 1999

En su artículo 11, "Detección de las deficiencias y Atención Temprana" encomienda al sistema público de salud los sistemas de protocolos de actuación técnicos necesarios para que quede asegurado el asesoramiento y tratamiento necesario, dirigido al niño, a la familia y a la comunidad. Con algunos años de retraso, no es hasta el verano de 2006 en lo que se refiere a A.T., se comienza a desarrollar dicha ley y a día de hoy, tanto la estructura y organización de este servicio como la dotación económica y presupuestaria, con ayuda e ingerencia de otras Instituciones, corre a cargo de la Consejería de Salud. Ver +

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